REGISTRO FINAL DEL PAGO DE LA DÉCIMOCUARTA REMUNERACIÓN:

Hasta mayo 7, los empleadores cuyo noveno dígito de RUC sea 6, 7, 8, 9 y 0, deberán realizar el registro del pago de la décimocuarta remuneración por el año 2021, mediante el sistema de salarios en línea del Ministerio del Trabajo (MDT), respecto de sus trabajadores bajo relación de dependencia que laboran en la región Costa e Insular.

 

DECLARACIÓN MENSUAL DE RETENCIONES EN LA FUENTE DE IMPUESTO A LA RENTA, IVA, ICE y ATS

RETENCIONES EN LA FUENTE DE IR: Formulario 103. Los agentes de retención de Impuesto a la Renta la presentarán según el noveno dígito del RUC.

IVA: Formulario 104. Se realiza respecto de las operaciones del mes anterior, y se declara de acuerdo con el noveno dígito del RUC.

ICE: Formulario 105. Grava a la importación, producción de bienes o prestación de servicios establecidos en el artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI).

ANEXO TRANSACCIONAL SIMPLIFICADO (ATS): Información mensual relativa a las compras o adquisiciones, ventas o ingresos, exportaciones o ingresos obtenidos del exterior, comprobantes anulados y retenciones pertenecientes al giro del negocio.

Se realiza de manera mensual de acuerdo con el noveno dígito del RUC.

 

PRESENTACIÓN DEL ANEXO DE DIVIDENDOS (ADI)

Las sociedades nacionales o extranjeras residentes o establecidas en el Ecuador y, las personas naturales, residentes en Ecuador, deberán presentar este Anexo, por el periodo comprendido entre enero 1 y diciembre 31 de 2020. La presentación del Anexo debe ser entre el 10 y 28 de mayo de 2021, según el noveno dígito de RUC o cédula,

 

PRESENTACIÓN DEL ANEXO DE CUENTAS FINANCIERAS DE NO RESIDENTES (ANEXO CRS)

Esta obligación rige tanto para las sociedades residentes en Ecuador, como para las sucursales de sociedades extranjeras establecidas en el país con corte a diciembre de 2020.

La sociedad obligada a presentar información podrá rectificar los registros en el Anexo hasta el último día hábil del mes de junio del año en el que debe reportar la información cuya rectificación se pretende.

 

PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL DE PERSONAS NATURALES

Las personas naturales, incluyendo las que no desarrollen actividad económica, que: a enero 1 de 2021, cuenten con activos totales superiores a 20 fracciones básicas desgravadas de Impuesto a la Renta, esto es, USD 224.240, deberán presentar su declaración patrimonial anual.

Si es una sociedad conyugal o unión de hecho, estará́ obligada a presentar una declaración conjunta, en caso de que sus activos comunes superen 40 fracciones básicas desgravadas de Impuesto a la Renta, esto es, USD 448.480.

 

PRESENTACIÓN DE ANEXO DE INCENTIVOS Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS DEL COPCI (ABT)

Los sujetos pasivos que durante el ejercicio fiscal 2020 hayan aplicado los beneficios otorgados por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), específicamente los relacionados con el Impuesto a la Renta, su anticipo y el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), deberán presentar este Anexo.

 

REGISTRO DE LA PARTICIPACIÓN UTILIDADES DEL TRABAJADOR

En este mes, los empleadores deberán registrar el pago de la participación de utilidades a trabajadores a través del sistema de salarios en línea del Ministerio del Trabajo.

Según el cronograma, el registro será;

  • Si el noveno dígito del RUC termina en: 1, 2, 3, 4 y 5; la fecha de registro será desde el 17 de mayo al 11 de junio de 2021.
  • Si el noveno dígito del RUC termina en: 6, 7, 8, 9 y 0; la fecha de registro será desde el 14 de junio al 9 de julio de 2021.

 

PAGO DE 1,5 POR MIL SOBRE ACTIVOS

Las sociedades que ejerzan permanentemente actividades económicas pagarán a las municipalidades en donde tengan su domicilio o sucursal, el impuesto del 1,5 por mil sobre los activos totales del ejercicio 2020, hasta 30 días después de la fecha límite para la declaración del impuesto a la renta para sociedades.

 

PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS E INFORMES DEL AUDITOR EXTERNO, COMISARIO Y ADMINISTRADOR

Presentación ante la SCVS de los estados financieros y sus anexos; informes de administrador, comisario y auditor externo; nómina de administradores y de accionistas o socios al cierre del ejercicio 2020, por parte de las sociedades sujetas a su control.