El Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000030, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 95, de 30 de junio de 2022, estableció el valor de conversión a ser utilizado para las devoluciones del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables IRBP durante el semestre julio – diciembre de 2022 (reforma de la Resolución NAC-DGERCGC13-00860).

Se sustituye la tabla contenida en el numeral 2 del artículo 1 de la Resolución NAC-DGERCGC13-00860, publicada en el tercer suplemento del Registro Oficial 147, de 19 de diciembre de 2013 y sus reformas, por la siguiente:

PERÍODO

TARIFA EN USD POR KILOGRAMO

NÚMERO DE BOTELLAS PLÁSTICAS PET

Julio a diciembre del 2022

USD 0,30 por kg de botellas plásticas PET

15 Botellas plásticas PET por kg

 

La Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, publicada en el Suplemento al Registro Oficial 583 de 24 de noviembre de 2011, creó el Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas No Retornables IRBP, con la finalidad de disminuir la contaminación ambiental y estimular el proceso de reciclaje, estableciendo adicionalmente que las operaciones gravadas con dicho impuesto serán objeto de declaración dentro del mes subsiguiente al que se las efectuó

 

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