El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000022, publicada en el Cuarto Suplemento del Registro oficial No. 311, de 23 de junio de 2026, estableció el procedimiento para la emisión del Certificado de Inversión Audiovisual (CIA) a favor de las productoras de contenido audiovisual que desarrollen sus producciones en el Ecuador.

¿Qué es el Certificado de Inversión Audiovisual (CIA)?

El Certificado de Inversión Audiovisual (CIA) es un incentivo previsto en la Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual, mediante el cual las productoras nacionales y extranjeras pueden acceder a un beneficio equivalente al 37% de los costos y gastos incurridos en el Ecuador por servicios audiovisuales y logísticos, siempre que estos se encuentren respaldados con comprobantes de venta válidos.

Requisitos para solicitar el CIA

El productor audiovisual nacional deberá presentar ante el SRI:

  • Una solicitud debidamente legitimada.
  • La Resolución de Culminación del proyecto audiovisual en el formulario correspondiente publicado por el SRI.

La solicitud podrá presentarse en las ventanillas del SRI a nivel nacional hasta dentro de los tres años contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Culminación.

Corrección de requisitos y archivo del trámite

Si la documentación presentada no cumple con los requisitos establecidos, el SRI notificará al solicitante para que complete o corrija la información dentro de los plazos previstos en el Código Tributario.

En caso de no atender el requerimiento, el trámite será archivado, sin perjuicio de que el productor audiovisual pueda presentar nuevamente la solicitud.

Además, cuando un productor tenga varios proyectos audiovisuales aprobados, deberá presentar una solicitud independiente por cada proyecto.

Emisión del Certificado

Una vez recibida la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, el Servicio de Rentas Internas emitirá el Certificado de Inversión Audiovisual en un plazo máximo de 15 días hábiles.

La emisión se realizará con base en la Resolución de Culminación emitida por el ente rector de las inversiones.

Uso del beneficio tributario

El Certificado de Inversión Audiovisual constituye un crédito tributario a favor del contribuyente, el cual podrá utilizarse para compensar obligaciones administradas por el Servicio de Rentas Internas.

Verificación de la información

El SRI podrá verificar la autenticidad y exactitud de los documentos presentados por los solicitantes mediante los mecanismos de consulta que ponga a disposición el ente rector de las inversiones.

Límite presupuestario del incentivo

La resolución establece que el SRI emitirá los Certificados de Inversión Audiovisual únicamente hasta el límite presupuestario anual fijado por la autoridad competente en materia económica y financiera.

Reforma normativa complementaria

La resolución también reforma la Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000051 y sus reformas, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 596, del 13 de diciembre 2021, para incorporar expresamente la emisión de notas de crédito desmaterializadas relacionadas con los Certificados de Inversión Audiovisual.

 

Descargar Registro Oficial