El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000016,  publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial. No. 265, de 15 de abril de 2026, dispuso reformar las normas para la declaración y pago conjunto de obligaciones tributarias realizadas a través de internet. Las cuales fueron establecidas en la Resolución No. 1065, publicada en el Registro Oficial No. 734, de 30 de diciembre de 2002.

Esta medida busca fortalecer la recaudación y reducir el riesgo de declaraciones sin pago, especialmente en impuestos retenidos y percibidos.

Puntos Clave de la Reforma:

  • Fecha de Vigencia: Los cambios en la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) serán aplicables para las declaraciones presentadas a partir de junio de 2026.
  • Excepciones Temporales: Se excluye de esta disposición a los exportadores de bienes y sus proveedores directos que figuren como «ACTIVOS» en el Sistema de Devolución IVA (SDII).
  • Objetivo de la Medida: La administración tributaria implementa estas reformas bajo los principios de eficiencia y transparencia, asegurando que el pago de impuestos se realice de manera efectiva mediante los canales digitales autorizados.
  • Base Legal: La resolución se fundamenta en la facultad del SRI para recaudar tributos y simplificar los trámites administrativos para los ciudadanos.

 

 

Descargar Registro Oficial