El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000010, publicada en el Cuarto Suplemento del Registro Oficial No. 233, de 27 de febrero de 2026, expidió la calificación de agentes de retención a los sujetos pasivos de conformidad con el presente acto normativo. Se deroga la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000014, para unificar el catastro actual.

Lo que debes saber:

  • Fecha de inicio: Si fuiste calificado como nuevo agente, debes cumplir con tus obligaciones y deberes formales desde el 1 de marzo de 2026.
  • Actualización automática: El SRI realizará la actualización de oficio en tu RUC. Sin embargo, se recomienda reimprimir tu certificado del RUC a través de la opción «SRI en línea» en www.sri.gob.ec.
  • Requisitos en comprobantes: Recuerda que las facturas y otros documentos deben incluir la leyenda «Agente de Retención» junto con el número de esta resolución.

 

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