Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2023-175, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 466, de jueves 28 de diciembre del 2023, el Ministerio del Trabajo, fijó el salario básico unificado del trabajador en general para el año 2024, incluidos los trabajadores de la pequeña industria, trabajadores agrícolas, trabajadores de maquila, trabajadores remunerados del hogar, operarios de artesanías y colaboradores de la microempresa, en cuatrocientos sesenta dólares de los Estados Unidos de América (US$ 460,00) mensuales a partir del 01 de enero de 2024.

El porcentaje de incremento del salario básico unificado del trabajador en general para el año 2024 respecto del año 2023 es de 2,223%, mismo que será aplicable para la fijación de los salarios mínimos sectoriales, que constan en las tablas de las respectivas comisiones sectoriales.

Mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-023 de 14 de febrero de 2020, el Ministerio del Trabajo expidió: “La Norma para el Fortalecimiento y Optimización de Comisiones Sectoriales; y, el Proceso de Fijación Salarial.”; reformado mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2023-172 de 29 de noviembre 2023, mediante el cual, señala en su artículo 1 que: “Por esta única vez, la fijación del Salario Básico Unificado del Trabajador en General, para el año 2024 deberá realizarse máximo hasta el 22 de diciembre de 2023.

Para la fijación del salario básico unificado del trabajador en general, que regirá para el año 2024, se ha considerado la variable de inflación proyectada elaborada por el Ministerio de Economía y Finanzas; mecanismo encaminado a la reducción de la pobreza, contribuyendo con los esfuerzos contenidos en las políticas económicas y sociales del régimen actual, que buscan asegurar una efectiva redistribución de la riqueza, garantizando la satisfacción de las necesidades de todos los trabajadores y de sus familias.

 

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