El Ministerio de Cultura y Patrimonio, mediante Acuerdo Nro. MCYP-MCYP-2025-0030-A, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 756, de 6 de marzo de 2025, ha emitido la Norma Técnica para la aplicación del Artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno, permitiendo la deducibilidad de hasta un 150% adicional por patrocinio de propuestas culturales.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?
Personas naturales o jurídicas inscritas en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC).
Entidades públicas del Sistema Nacional de Cultura registradas en la plataforma oficial.
Patrocinadores bajo el régimen general que deseen apoyar eventos artísticos y culturales.
¿Qué tipos de patrocinios son deducibles?
Monetario: Transferencias económicas directas al patrocinado.
No monetario: Bienes o servicios proporcionados al patrocinado, ya sean propios del patrocinador o adquiridos a terceros.
Ámbitos de aplicación
Organización y patrocinio de eventos artísticos y culturales (presenciales o virtuales).
Producción y patrocinio de obras cinematográficas realizadas en Ecuador.
Fomento a las artes y la innovación cultural en sectores como diseño, artes aplicadas y software creativo.
Proceso para acceder al incentivo
- Presentar una solicitud de calificación de propuesta con al menos 20 días de anticipación.
- Obtener una reserva de monto de patrocinio mediante la plataforma de incentivos.
- Formalizar un contrato de patrocinio y registrarlo dentro de los 45 días posteriores.
- Completar el cierre de calificación, asegurando el correcto uso de los recursos.
- Solicitar la certificación oficial, requisito clave para la deducibilidad en el impuesto a la renta.
Montos máximos permitidos
- Hasta USD 1,000,000 por propuesta.
- Límite total por patrocinador: USD 1,500,000 anuales.
Responsabilidades y seguimiento
- El Ministerio de Cultura y Patrimonio verificará el uso adecuado de los fondos.
- Los patrocinadores y patrocinados serán responsables de la información proporcionada.
- El incumplimiento de requisitos puede derivar en la inhabilidad para acceder al incentivo en años posteriores.
Proceso para solicitar patrocinio cultural con deducibilidad del 150%
Si eres artista, gestor cultural o empresa interesada en apoyar eventos culturales, debes seguir estos pasos para acceder al beneficio tributario del 150% adicional por patrocinio:
Paso 1: Solicitar la calificación de la propuesta
¿Quiénes pueden solicitarla?
- Artistas y gestores culturales inscritos en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC).
- Entidades públicas del Sistema Nacional de Cultura.
Requisitos principales:
- Estar registrado en el RUAC o en la plataforma habilitada.
- Tener un RUC activo y actualizado.
- Completar el formulario de solicitud en la plataforma de incentivos.
Fecha límite: Hasta el 30 de noviembre de cada año.
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