El Ministerio de Cultura y Patrimonio, mediante Acuerdo Nro. MCYP-MCYP-2025-0030-A, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 756, de 6 de marzo de 2025, ha emitido la Norma Técnica para la aplicación del Artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno, permitiendo la deducibilidad de hasta un 150% adicional por patrocinio de propuestas culturales.

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

Personas naturales o jurídicas inscritas en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC).

Entidades públicas
 del Sistema Nacional de Cultura registradas en la plataforma oficial.

Patrocinadores
 bajo el régimen general que deseen apoyar eventos artísticos y culturales.

¿Qué tipos de patrocinios son deducibles?

Monetario: Transferencias económicas directas al patrocinado.
No monetario: Bienes o servicios proporcionados al patrocinado, ya sean propios del patrocinador o adquiridos a terceros.

Ámbitos de aplicación

Organización y patrocinio de eventos artísticos y culturales (presenciales o virtuales).
Producción y patrocinio de obras cinematográficas realizadas en Ecuador.
Fomento a las artes y la innovación cultural en sectores como diseño, artes aplicadas y software creativo.

Proceso para acceder al incentivo

  • Presentar una solicitud de calificación de propuesta con al menos 20 días de anticipación.
  • Obtener una reserva de monto de patrocinio mediante la plataforma de incentivos.
  • Formalizar un contrato de patrocinio y registrarlo dentro de los 45 días posteriores.
  • Completar el cierre de calificación, asegurando el correcto uso de los recursos.
  • Solicitar la certificación oficial, requisito clave para la deducibilidad en el impuesto a la renta.

Montos máximos permitidos

  • Hasta USD 1,000,000 por propuesta. 
  • Límite total por patrocinador: USD 1,500,000 anuales.


Responsabilidades y seguimiento

  • El Ministerio de Cultura y Patrimonio verificará el uso adecuado de los fondos.
  • Los patrocinadores y patrocinados serán responsables de la información proporcionada.
  • El incumplimiento de requisitos puede derivar en la inhabilidad para acceder al incentivo en años posteriores.

Proceso para solicitar patrocinio cultural con deducibilidad del 150%

Si eres artista, gestor cultural o empresa interesada en apoyar eventos culturales, debes seguir estos pasos para acceder al beneficio tributario del 150% adicional por patrocinio:

Paso 1: Solicitar la calificación de la propuesta

¿Quiénes pueden solicitarla?

  • Artistas y gestores culturales inscritos en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC).
  • Entidades públicas del Sistema Nacional de Cultura.

Requisitos principales:

  • Estar registrado en el RUAC o en la plataforma habilitada.
  • Tener un RUC activo y actualizado.
  • Completar el formulario de solicitud en la plataforma de incentivos.

Fecha límite: Hasta el 30 de noviembre de cada año.

 

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