El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000007, publicada en el Quinto Suplemento del Registro Oficial No. 9, de 31 de marzo de 2025, que reforma la Resolución NAC-DGERCGC25-00000004, la cual expidió las normas que establecen la obligación, las condiciones, plazos y las excepciones para la presentación del “Anexo Minero”.
Los principales cambios incluyen:
1) En el artículo 2 modifica lo siguiente:
a) En el numeral 3 elimínese lo siguiente: «transporte,”
b) A continuación del numeral 3 agréguese el siguiente numeral: «4. Contribuyentes que comercializan oro no monetario con el Banco Central del Ecuador”.
2) Se sustituye el artículo 3 por el siguiente:
“Art. 3. Excepciones. – Se excluyen de la presentación del anexo minero:
a) Los titulares de permisos de minería artesanal que no sean contribuyentes que comercializan oro no monetario con el Banco Central del Ecuador, y
b) Los titulares de concesiones mineras otorgadas para la explotación de áridos y pétreos.”
3) A continuación del artículo 8 agréguese lo siguiente:
“Art. 9. – Los sujetos pasivos establecidos en el artículo 2 de la presente Resolución, deberán presentar una copia de los contratos de operación, de mandato y de venta de mineral, así como, sus adendas, aplicables para los periodos que se informen en el “Anexo Minero”, en las ventanillas del SRI, a nivel nacional o a través del portal del SRI en línea www.sri.gob.ec, sección trámites-ingresos de trámites y anexos virtuales, hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal en el que se suscriban dichos contratos y adendas.”
4) Se sustituye la disposición transitoria Primera por la siguiente:
“Primera. – Los sujetos pasivos establecidos en el artículo 2 de esta Resolución, deberán presentar hasta el 31 de mayo de 2025, una copia de los contratos de operación, de mandato y de venta de mineral, así como, sus adendas, aplicables para los periodos fiscales 2022, 2023 y 2024, y los suscritos hasta esa fecha, en la secretaría de las agencias del SRI a nivel nacional o a través del portal del SRI en línea www.sri.gob.ec, sección trámites-ingresos de trámites y anexos virtuales.”