El Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador ha emitido la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000002, mediante la cual se amplía el plazo para la presentación de declaraciones y anexos tributarios.
A continuación, los detalles más importantes para los contribuyentes:
Motivo de la Ampliación
Debido a un pico inusual de consumo en los servicios tecnológicos del SRI el 12 de enero de 2026, se detectaron intermitencias que impidieron el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias. Este incidente fue calificado técnicamente como un evento de fuerza mayor.
Nuevas Fechas de Vencimiento
Los sujetos pasivos cuya fecha de vencimiento original era el 12 de enero de 2026, podrán cumplir con sus obligaciones sin recargos de multas o intereses hasta las siguientes fechas:
| Tipo de Contribuyente / Noveno Dígito RUC | Nueva Fecha de Vencimiento |
| Contribuyentes Especiales | 15 de enero de 2026 |
| Noveno dígito 1 y 2 | 21 de enero de 2026 |
- Nota: Si alguna de estas fechas coincide con un día de descanso obligatorio o feriado, el plazo se trasladará al siguiente día hábil.
Consideraciones Adicionales
- Vigencia: La resolución entró en vigor el mismo 12 de enero de 2026, tras su suscripción por la Directora General del SRI, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
- Alcance: Esta disposición debe ser considerada por todas las unidades del SRI en sus procesos de recaudación, determinación y control.
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