El Presidente Daniel Noboa, mediante Decreto Ejecutivo No. 469, renueva por 30 días, la declaratoria de estado de excepción por grave conmoción interna en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro; el Distrito Metropolitano de Quito y el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia del Azuay, en los términos establecidos en el Decreto Ejecutivo No. 410 de 03 de octubre de 2024, y en estricto cumplimiento de los parámetros dispuestos por la Corte Constitucional del Ecuador en su dictamen 11-24-EE/24 de 14 de noviembre de 2024.
19 cantones seguirán con toque de queda de 22:00 a 05:00. Esta medida no incluye a Quito.
En ese sentido, el estado de excepción tiene las siguientes condiciones:
- Suspender el derecho a la inviolabilidad de domicilio en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro; el Distrito Metropolitano de Quito y el cantón Camilo Ponce Enríquez.
- En las mismas provincias se suspende el derecho a la inviolabilidad de correspondencia.
- También, se suspende el derecho a la libertad de reunión, en estricta relación con los motivos del estado de excepción.
- Toque de queda en 19 cantones, de 22:00 a 05:00, todos los días. Esta medida no incluye a Quito.
- Disponer la movilización de la Policía y Fuerzas Armadas.
- Requisiciones de bienes a las que haya lugar para «mantener la soberanía y la integridad del Estado».
Al igual que en octubre pasado, la ampliación del estado de excepción es motivado por la «grave conmoción interna y conflicto armado interno».
El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.