El Ministerio del Trabajo, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT- 2026-059 , publicado en el Cuarto Suplemento del Registro Oficial. No. 240, de 10 de marzo de 2026, expidió la regulación al procedimiento de autorización de turnos u horarios especiales; así como, la distribución de la jornada semanal laboral; y, los acuerdos para la distribución de la jornada laboral eficiente para el desarrollo.

Definición de Turnos y Horarios Especiales

El Ministerio clasifica estas jornadas según la necesidad de interrupción de la actividad y su estructura:

  • Turnos Especiales: Requieren autorización cuando las actividades no pueden interrumpirse por razones técnicas o de interés público, específicamente en dos casos:
    • Trabajo de más de 5 días consecutivos con días de descanso acumulados.
    • Trabajo de menos de 5 días consecutivos con intervalos de descanso menores a 2 días.
  • Horarios Especiales: Requieren autorización aquellos que impliquen horarios rotativos, ya sean diurnos, nocturnos o mixtos, en jornadas continuas o discontinuas.
  • Excepciones: Las jornadas que no cumplan estas condiciones (como 8 horas diarias fijas) solo requieren consentimiento escrito entre las partes y registro en el sistema del Ministerio en un plazo de 30 días.

Impulso al Empleo Joven (18 a 29 años)

El acuerdo pone un énfasis estratégico en la contratación de jóvenes:

  • Trámite Preferente: Las solicitudes de horarios especiales que acrediten la contratación de jóvenes (especialmente en su primera experiencia laboral) recibirán atención prioritaria.
  • Uso de Plataforma: Es obligatorio realizar estas nuevas contrataciones a través de la plataforma «Encuentra Empleo» para obtener la autorización.
  • Incentivo por Nómina: El Ministerio priorizará a las empresas que cuenten con al menos un 15% de jóvenes en su nómina.

Jornada Laboral Eficiente para el Desarrollo

Se introduce un esquema dinámico de distribución del tiempo de trabajo:

  • Distribución: Se pueden pactar las 40 horas semanales en jornadas de hasta 10 horas diarias dentro de 5 días a la semana.
  • Modalidad: Puede aplicarse de forma presencial, virtual o mixta.
  • Objetivos: Busca mejorar la estabilidad familiar, reducir brechas de género y optimizar traslados.
  • Acuerdo Voluntario: Debe pactarse por mutuo consentimiento mediante contrato o adenda y registrarse en 30 días.

Procedimiento de Autorización

Para obtener la aprobación, el empleador debe presentar ante la Dirección Regional del Trabajo:

  1. Petición Motivada: Justificación de la necesidad del horario.
  2. Consentimiento: Documento firmado por los trabajadores (excepto si ya consta en el reglamento interno).
  3. Documentación Legal: RUC, nombramiento del representante y certificado de cumplimiento con el IESS.
  4. Resolución: La autoridad debe resolver en un término de 10 días. Si no hay respuesta en ese plazo, se aplica el silencio administrativo positivo (se entiende por aprobada).

Disposiciones Específicas

  • Tecnólogos Médicos (Radiólogos): Su jornada se divide en 6 horas diarias de exposición a radiación (máximo 30 semanales) y 2 horas administrativas.
  • Conductores: Sus jornadas no podrán superar las 12 horas, respetando el descanso obligatorio.
  • Vigencia: El acuerdo deroga el anterior Acuerdo MDT-2018-0219 y entra en vigor tras su publicación en el Registro Oficial.

 

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