El Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000037, publicada en el Quinto Suplemento del Registro Oficial. No. 698, de 5 de diciembre de 2024, dispuso que se reforme la Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000002 publicada en Suplemento del Registro Oficial No. 476 del 12 de enero de 2024, que estableció las normas para la presentación del anexo de retenciones en la fuente bajo relación de dependencia RDEP.
Los empleadores, sean estos sociedades o personas naturales, están obligados respecto de los pagos efectuados a sus trabajadores y en los términos previstos en la presente resolución, a presentar mediante el Anexo RDEP, la información relativa a las retenciones en la fuente del impuesto a la renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia, en el período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de cada año.
El Anexo RDEP deberá ser presentado según el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del respectivo sujeto obligado, conforme al presente cuadro:
| Noveno dígito del RUC | Fecha máxima de entrega |
| 1 | 21 de enero de 2026 |
| 2 | 23 de enero de 2026 |
| 3 | 25 de enero de 2026 |
| 4 | 27 de enero de 2026 |
| 5 | 29 de enero de 2026 |
| 6 | 31 de enero de 2026 |
| 7 | 1 de febrero de 2026 |
| 8 | 3 de febrero de 2026 |
| 9 | 5 de febrero de 2026 |
| 0 | 7 de febrero de 2026 |
El formulario 107, solo podrá ser generado a través de la aplicación DIMM ANEXO / Anexo de Retenciones en la Fuente bajo Relación de Dependencia.
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