La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los Sujetos Obligados bajo su supervisión, emitió la Resolución No. UAFE-DG-2026-0001, la cual dispone:
- Prórroga excepcional: Se concede, por única vez, una extensión de plazo hasta el 30 de mayo de 2026 para el envío del Informe Anual de Oficial de Cumplimiento.
- Sujetos beneficiados: Esta medida aplica a los sujetos obligados que están bajo el control directo de la UAFE por no contar con un organismo de control específico en el país.
- Canal de entrega: La información deberá remitirse obligatoriamente a través del sistema SISLAFT (Sistema Para la Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo), cumpliendo con los formatos establecidos.
- Vigencia: La normativa entró en vigor el 12 de enero de 2026, fecha de su suscripción en Quito.
Esta disposición busca agilizar los procedimientos técnicos y administrativos, garantizando que los sectores regulados puedan cumplir con la normativa de prevención de lavado de activos de manera oportuna.
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