El Presidente de la República Daniel Noboa, mediante Decreto Ejecutivo No. 57, expidió el Reglamento General a la Ley Orgánica de Integridad Pública. Su finalidad es garantizar la ética, transparencia y responsabilidad pública, fundamentales para la administración estatal y el uso adecuado de los recursos públicos.

Fundamentos constitucionales:
El documento sustenta sus disposiciones en diversos artículos de la Constitución de Ecuador, incluyendo los deberes del Estado para garantizar derechos sin discriminación, la ética laica en el servicio público, la lucha contra la corrupción, la seguridad jurídica, el debido proceso, y la responsabilidad pública. Se subraya que los servidores públicos deben actuar siempre con transparencia y responder administrativa, civil y penalmente por su gestión.

Principios rectores:
El decreto enfatiza principios como la eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad social y ambiental, así como la priorización de productos nacionales en las compras públicas. También aborda la importancia de la cultura de paz y la seguridad integral, el cumplimiento efectivo de derechos, y el control de recursos públicos por la Contraloría General del Estado.

Contexto normativo:
El Reglamento se inscribe en un marco legal reformado recientemente, con énfasis en la Ley Orgánica de Integridad Pública, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y la Ley Orgánica del Servicio Público. Reconoce la necesidad de adaptar las normativas relacionadas para fortalecer las políticas anticorrupción y asegurar un sistema público más transparente y eficiente.

Modificaciones y regulaciones esenciales:

  • Se redefinen y aclaran conceptos importantes para la contratación pública, incluyendo categorías de entidades cooperantes (entidades privadas sin fines de lucro que colaboran con el sector público).
  • Se establece un marco integral normativo que combina leyes, reglamentos y políticas emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) para regular las contrataciones.
  • Se introduce una regulación estricta para la gestión y administración de fondos públicos, responsabilizando a los servidores y entidades bajo parámetros claros y exigentes.

Compromiso con la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción:
El reglamento declara su alineación con tratados internacionales ratificados por Ecuador, que exigen promover la transparencia, competencia justa y criterios objetivos en procedimientos públicos para prevenir la corrupción.

Este reglamento también afecta y se articula con otras leyes importantes:

  • Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP)
  • Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
  • Otras reformas en materia de compras y gestión de talento humano

 

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