El Presidente Daniel Noboa, Mediante Decreto Ejecutivo No 589, publicado en el Cuarto Suplemento del Registro Oficial. No. 9, dispuso extender hasta el 30 de abril de 2025, la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas del 0%, para el listado de subpartidas arancelarias expedido por el ente rector de las finanzas públicas mediante acuerdo ministerial; conforme lo dispuesto por la Disposición Transitoria Única del Decreto Ejecutivo No. 468 de 01 de diciembre de 2024.

El Decreto Ejecutivo No. 468 de 01 de diciembre de 2024, en su Disposición Transitoria Única, establece que:

“Debido a la situación energética causada por las condiciones climáticas actuales, se establece para los meses de enero, febrero y marzo de 2025, la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas del 0%, para el listado de subpartidas arancelarias que determinará el ente rector de las finanzas públicas mediante acuerdo ministerial.”

Descargar Decreto Ejecutivo – Registro Oficial

 

El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Acuerdo No. 016, emitido el 1 de abril de 2025, ratifica el listado de subpartidas arancelarias emitidas mediante Acuerdo Ministerial No. 047 de 24 de diciembre de 2024, por el Ministerio de Economía y Finanzas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 589 de 29 de marzo de 2025 se extiende hasta el 30 de abril de 2025 la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas de 0%.

El presente acuerdo deroga íntegramente el Acuerdo No. 014, emitido el 31 de marzo de 2025 y entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Descargar Acuerdo