El Presidente Daniel Noboa, mediante Decreto Ejecutivo No. 366, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial. No. 628, de 23 de agosto de 2024, dispuso que se reforme el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, incorporando el siguiente artículo:

“Cuando se trate de auspicios o patrocinios otorgados a entidades sin fines de lucro cuya actividad se centre de manera directa en la atención a personas con discapacidad, así como, de aquellas cuya actividad se centre de manera directa en el cuidado, defensa y protección de niños, niñas y adolescentes, el Ministerio de Inclusión Económica y Social, calificará los programas o proyectos; y, emitirá la certificación para la deducibilidad bajo los parámetros establecidos en el presente numeral y los que se determine la normativa institucional que se elabore para el efecto.”

¿Qué hace el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES)?

  • Califica los programas o proyectos: Evalúa si los proyectos de las entidades cumplen con los requisitos establecidos.
  • Emite la certificación: Si el proyecto es aprobado, el MIES otorga un certificado que permite a la empresa deducir el valor de la donación de sus impuestos.

¿Bajo qué condiciones se otorga la certificación?

  • Parámetros establecidos en el numeral: Se refiere a los requisitos específicos que se detallan en la ley o reglamento donde se encuentra este artículo.
  • Normativa institucional: El MIES puede crear normas adicionales para complementar la regulación existente.

El numeral 5 del artículo 3 de la Ley Orgánica de Discapacidades, señala como uno de sus fines, promover la corresponsabilidad y participación de la familia, la sociedad y las instituciones públicas, semipúblicas y privadas para lograr la inclusión social de las personas con discapacidad y el pleno ejercicio de sus derechos.

 

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