El Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución NAC-DGERCGC22-00000043, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 157, dispuso que se reforme la Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000233, a través de la cual se establecen las normas para la emisión, entrega y transmisión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios expedidos por sujetos pasivos autorizados, mediante el esquema de comprobantes electrónicos.
En el artículo 3 de la Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000233 realícense las siguientes modificaciones:
1) En el primer inciso sustitúyase la frase: “Los sujetos pasivos deberán ingresar su solicitud de autorización a través de la portal web institucional www.sri.gob.ec, mediante la opción “Comprobantes Electrónicos”, disponible en el portal SRI en Línea.”; por la siguiente: “Los sujetos pasivos deberán ingresar en la página web institucional www.sri.gob.ec, mediante la opción “Facturación Electrónica”, disponible en el portal SRI en Línea.”
2) En el literal a) sustitúyase la frase: “a través de la opción “Comprobantes Electrónicos”, en el icono de “Pruebas””; por la siguiente: “a través de la opción “Autorización” ubicada en el menú de “Pruebas””
3) En el literal b) sustitúyase: “ambiente de producción” por: “producción”
4) Al final del artículo, agréguese el siguiente inciso: “Sin perjuicio de lo establecido en este artículo, el Servicio de Rentas Internas podrá autorizar de oficio la emisión de comprobantes electrónicos, en los ambientes de prueba y producción, a los sujetos obligados que cumplan con los requisitos previstos en la normativa vigente para el efecto. Una vez realizada la autorización de oficio, se informará a los sujetos pasivos a través de cualquiera los canales establecidos en el artículo 107 del Código Tributario.”
Mediante las resoluciones de carácter general detalladas a continuación, el Servicio de Rentas Internas estableció la obligatoriedad en la emisión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, en la modalidad electrónica, a varios grupos de contribuyentes, en los plazos allí señalados:
Nro. Resolución | Registro Oficial | Fecha Publicación Registro Oficial |
NAC-DGERCGC13-00236 | S.R.O. 956 | 17/5/2013 |
NAC-DGERCGC14-00157 | S.R.O. 215 | 31/3/2014 |
NAC-DGERCGC15-00000004 | S.R.O. 414 | 12/1/2015 |
NAC-DGERCGC 17-00000309 | 2 S.R.O. 08 | 6/6/2017 |
NAC-DGERCGC 17-00000430 | S.R.O. 59 | 17/8/2017 |
NAC-DGERCGC 18-00000191 | S.R.O. 234 | 4/5/2018 |
A través de Resolución No. DGERCGC22-00000024, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 80 de 09 de junio de 2022, se establecieron disposiciones en torno a la emisión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, de manera electrónica.
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